La norma peruana que regula los valores permisibles para Agentes quimicos es
DS 015 2005 SA. Reglamento Valores Limite Permisibles para Agentes Químicos en el Ambiente de Trabajo. (06 07 2005)
Dentro de esta norma especifica 3 conceptos muy marcados
TWA:
en el Articulo 5 nos especifica Inciso i) Valor Límite Permisible Media Ponderada en el Tiempo (TLV TWA)
Es el valor de referencia para la Media Ponderada en el Tiempo
Los TLV TWA representan las condiciones en las cuales la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos 8 horas diarias y 40 horas semanales durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos a su salud.
STEL:
Inciso ii Valor Límite Permisible Exposición de Corta
Duración (TLV STEL)
El TLV STEL no debe ser superado por ninguna STEL a lo largo de la jornada laboral
Para aquellos agentes químicos que tienen efectos agudos reconocidos pero cuyos principales efectos tóxicos son de naturaleza crónica, el TLV STEL constituye un complemento del TLV TWA y, por tanto, la exposición a estos agentes se valorarán vinculando ambos límites
Las exposiciones por encima del TLV TWA hasta el valor STEL no deben tener una duración superior a 15 minutos ni repetirse más de cuatro veces al día.
Debe haber por lo menos un período de 60 minutos entre exposiciones sucesivas de este rango
CEILING:
Inciso iii Valor Límite Permisible Techo (TLV Ceiling o TLV
C Es la concentración que no se debe sobrepasar en ningún momento durante la exposición en el período de trabajo
En caso que no sea posible realizar una medida instantánea, el TLV C se puede fijar cuando las exposiciones son cortas mediante muestreos durante 15 minutos, excepto para aquellas sustancias que puedan causar Irritación de inmediato
Como acción preventiva, para el ingreso a ambientes donde se utilizan sustancias con valor límite techo, se deben usar equipos de protección respiratoria con filtros para neutralizar los gases
Si además estas sustancias tienen acción sobre la piel o las mucosas, usar la Protección adecuada.